•Sustituye las referencias del salario por la Unidad de Medida y Actualización –UMA–
•los trabajadores podrán presentar denuncias por incumplimiento a la normatividad de la materia, a través del uso de medios electrónicos autorizados por el Instituto, además de la vía escrita
•Agrega en la causal de infracción patronal de obstaculización o impedimento de la inspección o visita domiciliaria, el acto consistente en la revisión documental.
Se adicionó como una hipótesis de falta: no proporcionar la información señalada en la Ley del Infonavit, sus reglamentos y demás normas, dentro de los plazos previstos en las mismas
•Precisa como encargados de imponer sanciones al Director General y sus representantes, el Subdirector General de Recaudación Fiscal; los delegados regionales; todos los gerentes, incluidos los Recaudación Fiscal y del Área Jurídica en Delegaciones Regionales, y
•Aumenta de 151 a 200 veces la UMA la multa por la omisión en la entrega al Instituto de la copia del dictamen de la situación fiscal de las empresas y los anexos que versan sobre las contribuciones que se efectúan al mismo
Finalmente los asuntos que se hubiesen tramitado bajo el marco del reglamento que se cambia, deben concluirse de conformidad con las reglas de este y las que se relacionen con él.