o anterior, porque a través de los servicios de subcontratación laboral (outsourcing), las empresas buscan lograr mayor eficiencia en sus procesos; sin embargo, la autoridad ha observado que en algunos casos las empresas prestadoras de dichos servicios no cumplen con el entero del IVA trasladado y que, en contraparte, la empresa contratante sí acredita el IVA que le trasladaron.
A fin de evitar esta situación, en el paquete de reforma fiscal 2020, pendiente de aprobación en la Cámara de Diputados, se propone adicionar una fracción IV al artículo 1-A de la LIVA, en donde se establece la obligación de los contribuyentes contratantes de los servicios de subcontratación laboral en términos de la legislación laboral a retener y enterar el impuesto causado por dichas operaciones.
Así, la autoridad pretende asegurar el pago del impuesto, pues para que proceda el acreditamiento del IVA que le fue trasladado al contratante, conforme a la mecánica, primero debe efectuarse el entero de la retención y posteriormente llevar a cabo su acreditamiento.
Fuente: IDConline