Cabe mencionar, que conforme al mismo numeral, si existieran saldos a favor de otros trabajadores, la suma de estos, se compensarán contra la totalidad de las diferencias a cargo, debiendo el patrón cubrir solo el neto.
Para ilustrar esto, considérese los siguientes supuestos:
Trabajador | Resultado del ajuste anual ISR 2019 | |
Saldo a cargo | Saldo a favor | |
001 | $300.00 | $0.00 |
002 | 200.00 | |
003 | 500.00 | 0.00 |
Sumas | $800.00 | $200.00 |
Así, aplicando el procedimiento de compensación, el patrón deberá presentar su declaración para enterar la cantidad de 600.00 pesos, esto es la diferencia entre 800.00 pesos por las diferencias a cargo de los trabajadores 001 y 003, y el saldo a favor del trabajador 002.
Es necesario mencionar, que a los colaboradores con saldo a cargo se les deberá descontar los respectivos montos, mientras que al trabajador 002 el patrón le devolverá su saldo a favor; todos estos movimientos deberán quedar reflejados en los respectivos CFDI de nóminas (art. 179, RLISR)
Fuente: IDConline