En materia de pagos:
- Para PyMEs (empresas de hasta 250 trabajadores):
1. Prorrogar el pago de las aportaciones de tus trabajadores sin crédito de vivienda del segundo y tercer bimestre, pagando en septiembre de 2020.
2. Prorrogar el pago de las mensualidades de los convenios de pagos en parcialidades que tengas vigentes, pagando en septiembre de 2020.
- Para empresas de más de 250 trabajadores:
1. Prorrogar el pago de las aportaciones de tus trabajadores sin crédito de vivienda del segundo bimestre, pagando en julio de 2020.
2. Prorrogar el pago de las mensualidades de los convenios de pagos en parcialidades que tengas vigentes, pagando en julio de 2020.
También podrás solicitar pagar los bimestres prorrogados hasta en 12 parcialidades sin exhibir garantía. Próximamente te informaremos la fecha en que este servicio estará disponible.
No se prorrogará el pago de las amortizaciones y aportaciones de trabajadores con crédito.
En materia de acciones fiscales:
Desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación y hasta que el Infonavit publique en el mismo medio el levantamiento de la suspensión.
Se suspenden las siguientes acciones:
1. Las de fiscalización realizadas por el Infonavit (auditorías).
2. Las acciones recaudatorias y del Procedimiento Administrativo de ejecución emprendidas por el Infonavit.
EMPRESARIOS.INFONAVIT.ORG.MX/