Retorna personal del SAT a labores presenciales eliminando viejos vicios

Retorna personal del SAT a labores presenciales eliminando viejos vicios

Retorna personal del SAT a labores presenciales eliminando viejos vicios.

Lunes 19 de abril de 2021 | A partir del lunes 19 de abril todo el personal de base y confianza del Servicio de Administración Tributaria (SAT) regresa a desarrollar sus actividades laborales en las instalaciones físicas del Órgano.

A través del oficio 00-00-00-00-00-2021-104 fechado el 14 de abril de 2021, la Administración General de Recursos y Servicios del SAT informa a todo el personal del SAT sobre la obligación de retornar al trabajo presencial en las oficinas, manejando horarios escalonados para dar continuidad a las medidas preventivas de la contingencia.

En adición al retorno a labores presenciales, en el comunicado se hace indicaciones sobre cambios administrativos con la finalidad de eliminar viejos vicios que, en términos del comunicado, “han mermado la productividad en las oficinas de gobierno, creando prejuicios y animadversión en torno a la burocracia de la sociedad”. Las medidas para eliminar los vicios a los que se refiere el comunicado son:

  • Automatización del sistema de registro de asistencia del personal
  • Control de reubicaciones
  • Actualización de evaluaciones para la certificación de competencias
  • Eliminación de continuidad automática a nombramientos tras tres primeros meses de contratación

El comunicado, en el cual se detallan las medidas referidas, se reproduce a continuación.

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
SERVICIO DE ADMINISTACIÓN TRIBUTARIA
Administración General de Recursos y Servicios

Oficio 300-00-00-00-00-2021-104

Asunto: Se comunican acciones en materia de recursos humanos.

Ciudad de México, a 14 de abril de 2021.

Administradoras y Administradores Generales del Servicio de Administración Tributaria.

P r e s e n t e s.

En seguimiento al oficio 300-00-00-00-00-2020-696, emitido por esta Administración General (AGRS) el 30 de diciembre de 2020, con la finalidad de dar cumplimiento a las acciones que enmarcan el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2024, la Ley Federal de Austeridad Republicana y, con base en las facultades que me confiere el artículo 40, fracciones 1, 11, XIV, XXIII y XXIV, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, me permito comunicar a Ustedes algunas acciones que se llevarán a cabo con el propósito de ordenar y orientar la administración de los recursos humanos de la institución, a fin de facilitar nuestra tarea recaudatoria fundamental y esencial, así como dirigir los esfuerzos de este órgano administrativo desconcentrado a cumplir con los objetivos de la actual administración plasmados en el ABC institucional.

Parte de estos esfuerzos, lo constituye el Programa de Separación Voluntaria que se puso en marcha el mes pasado, así como el acercamiento que se ha tenido con cada Administración General para conocer con todo detalle y oportunidad sus requerimientos de recursos humanos, materiales y financieros. En este contexto, en fortalecimiento y complemento a las citadas acciones, hago de su conocimiento lo siguiente:

1. Se informa que, a partir del lunes 19 de abril del año en curso, todo el personal de base y confianza deberá retornar a desarrollar sus actividades laborales en las instalaciones correspondientes. Para ello se podrán manejar horarios escalonados que permitan asegurar dar continuidad a las medidas preventivas de la contingencia.

Únicamente las Administradoras y los Administradores Generales tendrán la facultad de autorizar casos de excepción para trabajar en casa; lo anterior, deberá ser notificado a la AGRS mediante oficio identificado como respuesta a la presente circular, a más tardar el 16 de abril de 2021. Para casos subsecuentes, se deberá notificar mediante correo electrónico dirigido a Bonifacio Mario Godínez Dávalos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a más tardar dentro de los tres días siguientes a aquél en que inicie la fecha de trabajo en casa, de lo contrario la no presentación en el centro de trabajo será contabilizada como falta. Excepcionalmente el o la Administrador(a) General, podrá designar a un subalterno para dicha autorización, quien deberá tener nivel de Administrador Central.

2. Se hace de su conocimiento que a partir del 3 de mayo el sistema que registra la asistencia del personal será automatizado, de tal forma que el superior jerárquico ya no será el responsable de reportar las inasistencias, sino que se contabilizarán mediante el mecanismo instalado en los accesos a los inmuebles. Derivado de lo anterior, es muy importante que las comisiones y días de vacaciones se registren oportunamente.

3. Todas las comisiones internas sin viáticos deberán ser debidamente registradas en el Sistema AGS, como lo establecen los 'Criterios para la Operación, Registro y Control de Asistencia del Personal' (CORCA), considerando que tienen una duración permitida de treinta a ciento ochenta días naturales, Si pasado ese tiempo la persona servidora pública permaneciera en la unidad administrativa a la que fue comisionado (a), procede un movimiento organizacional por concepto de reubicación, previa validación de la estructura organizacional por la AGRS. Por lo que la asistencia de cada oficina desconcentrada debe coincidir con la plantilla registrada y sus respectivas comisiones de forma exacta; de lo contrario, se contabilizarán las ausencias advertidas en el sistema y se aplicarán las sanciones correspondientes.

4. Se dará inicio al proceso de actualización de evaluaciones para la Certificación de Competencias, con la finalidad de que las trabajadoras y los trabajadores sean evaluados en las competencias aplicables, comenzando con administradores y administradores centrales. Por lo que se solicita su colaboración, para lo cual nos pondremos en contacto con su correspondiente enlace administrativo.

5. A partir de mayo, ya no se dará continuidad automática a los nombramientos tras los primeros 3 meses de contratación. Una vez cumplidos dos meses, se pondrá a consideración de las Administradoras y Administradores Generales la continuidad de todas las contrataciones correspondientes a su unidad administrativa, contando para ello con un lapso de hasta 75 días naturales, con lo que se pretende ratificar que el servidor público de nuevo ingreso cuenta con la experiencia y capacidades para ocupar el puesto, en caso contrario no se dará continuidad al nombramiento.

Los puntos antes descritos tienen como finalidad acabar con viejos vicios que han mermado la productividad en las oficinas de gobierno, creando prejuicios y animadversión en torno a la burocracia en la sociedad. El 2020 fue un año histórico en todos los aspectos, nos dejó grandes lecciones respecto a la forma en que trabajamos; dignificar el servicio público requiere de acciones ejecutadas con disciplina institucional, pero sobre todo de un gran esfuerzo para hacer de la ética un componente fundamental de nuestra cultura laboral y de todas las decisiones y acciones llevadas a cabo por los servidores públicos de todos los niveles, en todos los espacios del Servicio de Administración Tributaria.

Sin otro particular por el momento, les envío un cordial saludo.

A t e n t a m e n t e

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa
Administradora General

C.c.p. - Lic. Raquel Buenrostro Sánchez. Jefa del Servicio de Administración Tributaria. Para su conocimiento.
- Lic. Perla Amorene Anaya Díaz. Titular del órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria. Mismo fin.
- Lic. Rosa María Gutiérrez Rodríguez. Administradora General de Evaluación. Mismo fin.

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