Presenta SAT nuevo mini sitio de Buzón Tributario

Presenta SAT nuevo mini sitio de Buzón Tributario

Presenta SAT minisitio de Buzón Tributario.

Nuevo sitio con acceso directo al Buzón y sus servicios.

Lunes 14 de febrero de 2022 | Mediante comunicado de prensa fechado el 10 de febrero de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer un nuevo sitio de Internet exclusivo para el Buzón Tributario.

De acuerdo con dicho comunicado, el SAT ha desarrollado instrumentos tecnológicos como el Buzón Tributario en el que, de manera directa y sin intermediarios, los contribuyentes reciben avisos de forma segura y certera, y se les recuerda que es importante contar con los medios de contacto actualizados, como lo son el teléfono móvil y el correo electrónico, para lo cual ahora se cuenta con dos medios:

  • Ingresar a sat.gob.mx, dar clic en el botón Buzón Tributario y acceder con su Contraseña o e.firma (firma electrónica), llenar el formulario y actualizar sus medios de contacto que son el teléfono celular y un correo electrónico; se les enviará un código a ambos medios para confirmar el contacto que van a dar de alta o actualizar.
  • bien, el SAT ha desarrollado el minisitio de Buzón Tributario en el que además de habilitar o actualizar sus medios de contacto, encontrarán materiales adicionales como videotutoriales e infografías, así como acceso a preguntas frecuentes. http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

En el nuevo minisitio de Buzón Tributario también se tiene acceso directo a los siguientes servicios:

  • Buzón Tributario
    • Buzón Tributario
  • Trámites
    • Contabilidad electrónica
    • Fiscalización electrónica
    • Devoluciones y Compensaciones
    • Recurso de revocación en línea
    • Consultas y autorizaciones (jurídica)
    • Donatarias autorizadas
  • Avisos
    • Avisos
    • RFC
    • Monederos electrónicos
  • Decretos
    • Sociedades Cooperativas
    • Prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación

En el nuevo sitio también se informa lo siguiente:

Respecto a los trámites publicados en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente que no se encuentren disponibles en el Buzón Tributario, deberá observarse lo descrito en las reglas 1.6, quinto párrafo y 2.2.6 contenidas en el ordenamiento antes mencionado, mismas que a continuación se detallan:

1.6 Lugar y forma para presentar documentación
...II. Para efectos del Anexo 1-A, los trámites contenidos en el mismo podrán presentarse a través de los medios y en los términos que se tenían establecidos antes de la entrada en vigor de esta Resolución y cuando se trate de nuevos trámites, mediante escrito libre ante cualquier ADSC. Lo anterior hasta que el SAT dé a conocer en su Portal los formatos que se deberán utilizar para tales efectos...

2.2.6 Información que se presentará a través del Buzón Tributario
Para los efectos de los artículos 17-K, fracción II; 18 y 18-A del CFF, el SAT dará a conocer a través de su Portal la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información que presentarán los contribuyentes utilizando el apartado de 'Buzón Tributario'.

En caso de que los contribuyentes deseen enviar información o documentación adicional a los trámites de consultas, solicitudes de autorización o recursos de revocación presentados a través del Buzón Tributario, podrán hacerlo en la opción Trámites / Buscar promociones y adjuntar información. siempre que la promoción que deseen complementar se encuentre en cualquiera de los siguientes tres supuestos: promovido, estudio o remitido; y no se haya generado un requerimiento específico por la autoridad.

Conviene mencionar que, al ingresar al nuevo minisitio, el SAT hace el siguiente recordatorio a los contribuyentes:

Los contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza a partir del 1 de enero de 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar su Buzón Tributario.

Los contribuyentes personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario, o bien solamente hubieran señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, deberán registrar o actualizar sus medios de contacto adicionando, en su caso, el que les haga falta, de acuerdo a la regla 2.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022.

Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación.

Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad.

Como se indica en el comunicado, es importante que los contribuyentes actualicen sus medios de contacto en el Buzón Tributario evitando así incurrir en faltas e inconvenientes. Fiscalia ha publicado diversos artículos sobre el procedimiento para actualizar estos datos, los cuales pueden ser consultados a continuación:

Fuente: Fiscalia.com

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