En la nueva fase del programa se permite que cada uno de los empleadores realice la inscripción de la persona trabajadora del hogar; y el pago de las cuotas de manera individual. Esto en función de los días laborados y del salario reportado. De esta manera se respeta lo que establece la Ley del Seguro Social respecto de la obligación del patrón para llevar a cabo el registro de la persona trabajadora del hogar.
Derivado de lo anterior, el procedimiento para registrar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a los trabajadores del hogar, que se efectúa a través de la página de Internet del Instituto, ha sufrido modificaciones con respecto al procedimiento original.
Ahora, como parte del procedimiento, se solicitan los datos fiscales del patrón, tanto el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como el domicilio, aunque cabe aclarar que el RFC del patrón es un dato opcional; es decir, no es obligatorio señalar el RFC del patrón para continuar con el proceso. Esto es comprensible porque puede haber patrones que no están registrados en el RFC por no tener ninguna actividad económica.
Ahora bien, como se anunció en marzo de 2019, fecha en que dio inicio este programa piloto, en esta primera etapa todo lo relativo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no se incluiría.
Con este cambio, todo parece indicar que el programa se perfila para comenzar a incorporar al SAT al proceso, lo que es natural si se quiere formalizar a este sector.
El nuevo procedimiento de registro de trabajadores y determinación de cuotas se muestra a continuación.
1. Introducir los datos del patrón persona física y un correo electrónico. Esta información no se solicitaba en el procedimiento anterior.
< /p>
2. Se validan los datos introducidos del patrón.
3. Se solicita el RFC, teléfono y domicilio del patrón. Como se ha indicado, el RFC no es un dato obligatorio de momento. En cuanto al domicilio no se precisa si es el domicilio fiscal o el domicilio residencial; sin embargo, dado que el RFC es opcional, puede interpretarse que el domicilio a proporcionar puede ser el residencial.
4. Se solicitan los datos de identificación del trabajador y su domicilio.
5. Se solicitan los datos del salario diario y los días trabajados, los cuales ahora son seleccionados en un calendario. Anteriormente se capturaba el dato numérico de forma manual.
6. Se confirman los datos del trabajador, así como los montos de las cuotas.
7. Se presenta la información completa del trámite.
8. al confirmar, se procede a obtener los comprobantes tanto de registro del trabajador como la línea de pago con el desglose de las cuotas.
Comentarios finales
Si bien el proceso es similar al anterior, se debe considerar que ahora se solicitan los datos fiscales del patrón.
El pago se hace de la misma manera y por los mismos medios en que se han venido haciendo en estos casi dos años en que el programa ha estado en marcha.
Fuente: Fiscalia.com