La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) debe entregarse a más tardar dentro de los 60 días siguiente a la fecha en que deba presentarse la declaración anual del contribuyente.
En el caso de los patrones personas físicas, dado que su declaración debe presentarse a más tardar el 30 de abril, la PTU se entregará a más tardar el 30 de junio. Como la fecha límite se recorrió al 2 de mayo por los días inhábiles, en principio, la fecha límite para entregar la PTU sería el 2 de julio, aunque las autoridades difunden información señalando que la fecha vence el 30 de junio.
Para el caso de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fisca (RIF), la Regla Miscelánea 2021 3.13.21. (aplicable en 2022) señala que los contribuyentes que tributen en términos del RIF, podrán efectuar el pago del reparto de las utilidades a sus trabajadores, a más tardar el 29 de junio de 2023.
Fuente: Fiscalia.com