8 de enero 2024 | Desde el inicio del año hasta el 1 de abril de 2024, las personas morales tienen la oportunidad de presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Con el propósito de simplificar y agilizar este proceso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una serie de actualizaciones y mejoras significativas. Entre ellas, se destacan las siguientes:
- Inclusión de Pérdidas Fiscales: Ahora es posible agregar manualmente las pérdidas fiscales pendientes de amortización no reflejadas automáticamente en el formulario. Esto aplica especialmente a las pérdidas generadas entre los años 2013 y 2021.
- Actualización de Pérdidas Fiscales: Se ha incorporado la opción de incluir la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, particularmente si esta se originó en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior.
- Simplificación de Estados Financieros: Se ha eliminado la necesidad de presentar el “Estado de flujo de efectivo” y el “Estado de cambios en el capital contable”, facilitando así el proceso de declaración.
- Precarga de Información Financiera: Los estados financieros que se mantienen serán pre-cargados con la información correspondiente al ejercicio anterior, para mayor comodidad y eficiencia.
- Incorporación de Nuevas Deducciones: Se ha añadido la posibilidad de deducir inmediatamente las inversiones contempladas en el Decreto de Relocalización (publicado el 11 de octubre de 2023), así como los beneficios fiscales otorgados a los afectados por el Huracán Otis. Esto aplica tanto para el Régimen General de Ley como para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
- Optimización del Formato de Impresión: Se ha reducido el formato de impresión para facilitar la identificación y aplicación de ciertas deducciones.
- Renovación en la Presentación de Estados Financieros: El formato de los estados financieros ha sido actualizado para ofrecer una visualización más clara y precisa de la información del contribuyente.
Es esencial que los contribuyentes posean una firma electrónica (e.firma) y estén al día con sus obligaciones tributarias previas, incluyendo declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales de ISR, y otras retenciones pertinentes.
Además, es crucial contar con un servicio de banca electrónica, ya que cualquier saldo a pagar deberá realizarse mediante transferencia electrónica a través del banco de preferencia del contribuyente. Estas actualizaciones buscan mejorar la experiencia del usuario y eficientizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Lo anterior ha sido dado a conocer por el SAT a través de comunicado de prensa fechado el 4 de enero de 2024, directamente en el siguiente enlace: SAT implementa mejoras para presentar la Declaración Anual 2023 de personas morales | Servicio de Administración Tributaria | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
Fuente: Fiscalia.com