d) Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015.
e) A partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se inscribieron al RFC, aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016.
f) Personas físicas para el caso de pólizas y auxiliares.
Contribuyentes obligados al envío de la E-conta 2016.-
a) Contribuyentes cuyos ingresos acumulables sean inferiores a 4 millones de pesos correspondientes al ejercicio 2013.
b) Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR.
c) Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR.