Ese procedimiento puede resultar adverso para los contribuyentes, sino se evalúa sus consecuencias.
A partir de 2016 los contribuyentes podrían recibir del SAT cartas invitación por adeudos vinculados con el incumplimiento de pagos provisionales, mensuales, trimestrales y anuales del ISR, con base en la información que obra en su poder derivada de la facturación electrónica, la propuesta incluirá el monto del pago correspondiente junto con la línea de captura para efectuar el entero del impuesto (regla 2.8.5.5., RMISC 2016).
Los causantes también recibirán esos exhortos, si la autoridad hacendaria detecta que:
Quienes elijan asumir el adeudo no estarán obligados a garantizar el interés fiscal.