Cómo llenar un CFDI con Complemento para Pago.

Cómo llenar un CFDI con Complemento para Pago.

Cómo llenar un CFDI con Complemento para Pago.

Sólo en el caso en que el pago se realice previo a la emisión de la factura, es que no será necesario expedir CFDI con complemento para pago, esto, en virtud de que los datos del pago ya constarán en la factura que se emite por el total de la operación.

En seguimiento a esa nota, en el presente escrito se explica la forma en que deben llenarse los datos de ese CFDI con complemento para pagos.

CFDI de origen
Se debe partir de la premisa de que ya ha sido expedido un CFDI por el total de la operación, en donde se plasman los totales tanto de la operación como de los impuestos causados, trasladados y retenidos.

CFDI con complemento para pago
Ahora bien, en este nuevo esquema de CFDI 3.3, por cada pago que se reciba posterior a la emisión de la factura de origen, se debe expedir un CFDI con complemento para pagos que contenga los datos del pago.

Como ya ha sido abordado en el la nota citada al inicio de este trabajo, el complemento para pagos va “colgado” de un CFDI, como se muestra en el Gráfico 1, por lo que es necesario conocer cuáles son los datos van en el CFDI y qué datos van en el complemento.

 

A continuación se aborda de una forma general y esquematizada los datos que deben incorporarse al CFDI con complemento para pagos, ya que es conveniente primero tener una idea de la estructura. Al final de este escrito se dan indicaciones para conocer con mayor detalle cada uno de estos campos a través de la Guía de Llenado del SAT.

Datos en el CFDI
De acuerdo con la Regla Miscelánea 2.7.1.35., y con la Guía de Llenado del CFDI con Complemento para Pagos, el CFDI del cual va “colgado” el complemento para pagos debe expedirse con valores en cero y sin datos del pago, ya que estos no van en el cuerpo del CFDI, sino en el cuerpo del Complemento, el cual se aborda en el apartado posterior.

Para el llenado del CFDI deben hacerse las siguientes consideraciones:

  • Tipo de comprobante: Debe ser del tipo “P” (Pago)
  • Subtotal: 0.00
  • Total: 0.00
  • Los siguientes datos no deben existir:
    • Forma de pago
    • Condiciones de pago
    • Descuento
    • Tipo de cambio
    • Método de pago
  • Moneda: Debe llevar el valor “XXX”
  • Los nodos relativos a “relación de documentos” no se llenan, salvo cuando se esté sustituyendo a alguno que se hubiera cancelado, caso en el que se indicarán los datos de del CFDI que se está sustituyendo
  • Los datos del emisor y receptor deben llenarse en términos normales.
  • El campo “Uso del CFDI” debe indicar “P01” Por definir.
  • En el campo Concepto, donde generalmente va la mercancía o servicios facturados, se debe indicar lo siguiente:
    • Clave de producto o servicio: 84111506
    • Cantidad: 1
    • Clave de la unidad de medida: ACT
    • Unidad: No debe existir
    • Descripción: Pago
    • Valor unitario: 0
    • Importe: 0
  • Complemento: Se pueden incluir los complementos que el SAT estipule. No se permiten complementos de retenciones e información de pagos.

Datos en el Complemento para Pagos
En el complemento para pagos se plasma la siguiente información sobre el pago o pagos recibidos:

  • Fecha
  • Forma de pago (efectivo, cheque, etc.)
  • La moneda en la que se recibe el pago
  • Tipo de cambio, en caso de que aplique
  • Monto del pago
  • Número de operación. Puede ser el número de cheque, referencia, clave de rastreo, o alguna otra referencia que identifique la operación de pago.
  • Hay algunos datos opcionales relativos al origen del pago como:
    • Banco emisor
    • Cuenta del ordenante
    • Cuenta del beneficiario
    • Datos de la cadena de pago (en caso de que sea SPEI)
  • Documentos relacionados: En este campo se incluyen los UUID de todos los CFDI que estén siendo liquidados con ese pago, así como algunos de sus datos.
  • Método de pago: Debe indicarse “PPD” (Pago en parcialidades o diferido)
  • Número de la parcialidad
  • Saldo anterior
  • Importe pagado
  • Saldo insoluto
  • El nodo “Impuestos” no debe existir

Es conveniente que los contribuyentes revisen que sus procesos administrativos y de controles internos sean los adecuados para generar y tener disponible la información que debe incorporarse a estos complementos para pagos, de forma que puedan cumplir adecuadamente con esta nueva obligación.

 

Fuente: Fiscalia.com

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