Pago de aguinaldo: Buen momento para efectuar cálculo anual de ISR de trabajador.

Pago de aguinaldo: Buen momento para efectuar cálculo anual de ISR de trabajador.

Pago de aguinaldo: Buen momento para efectuar cálculo anual de ISR de trabajador.

Miércoles 15 de diciembre de 2021 | Diciembre es el mes en el que los patrones deben efectuar el cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR) anual de los trabajadores que no presentan su declaración anual.

Esto es así porque el Artículo 97 de la Ley del ISR en su párrafo cuarto establece que los patrones deben pagar la diferencia que resulte a cargo de los trabajadores a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de que se trate, y las diferencias a favor de los trabajadores deben compensarse contra la retención del mes de diciembre y las retenciones sucesivas.

Para cumplir con la anterior disposición, es evidente que el cálculo del impuesto anual debe hacerse en el mes de diciembre, y así estar en posibilidades de conocer los saldos a favor que deban ser compensados en dicho mes.

Derivado de lo anterior, es recomendable que antes del pago del aguinaldo -a más tardar el 20 de diciembre- los patrones estimen el impuesto anual de los trabajadores y, en caso de resultar a cargo, aprovechen el pago de esta prestación para realizar el descuento que corresponda y evitar así que el trabajador resienta en la última semana o quincena alguna retención que pueda ser superior a la retención habitualmente se le haría sobre su pago semanal o quincenal.

Para efectuar este cálculo se sugiere seguir estos pasos:

  • Estimar el total de ingresos que obtendrá el trabajador en el año y efectuar el cálculo del impuesto anual.
  • Una vez determinado el impuesto, se debe disminuir el impuesto que se le haya retenido al trabajador durante todo el ejercicio.
  • También se deberá disminuir el ISR que se estime se causará por el ingreso a generar posterior al aguinaldo (como el pago de las últimas dos semanas, o de la última quincena), ya que éste se descontará cuando se efectúen esos pagos.
  • Si el resultado de esta resta es positivo, significa que el trabajador tiene un impuesto a cargo, el cual podrá ser retenido del monto del aguinaldo a recibir, como se comenta anteriormente.
  • Si el resultado de esta resta es negativo, significa que el trabajador tiene un saldo a favor, que se podrá compensar contra las retenciones posteriores.
  • Este procedimiento, de aprovechar el pago del aguinaldo para realizar el ajuste del impuesto anual, no está establecido en la Ley, pero los patrones lo han adoptado por costumbre y practicidad para realizar este ajuste de ISR anual.

Para aquellos trabajadores a quienes no se les vaya a efectuar el cálculo del ISR anual, para efectos de retención del ISR por el pago del aguinaldo, se sugiere la lectura del caso práctico “Determinación del Aguinaldo 2021 y su retención de ISR”.

 

Fuente: Fiscalia.com

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