Días inhábiles por la Independencia de México

Días inhábiles por la Independencia de México

Días inhábiles por la Independencia de México.

Consideraciones laborales, fiscales, financieras y procesales de los festejos del 16 de septiembre.

Viernes 15 de septiembre de 2023 | Con la finalidad de planear de prever los efectos fiscales y laborales de la celebración del 16 de septiembre de 2023, resulta conveniente conocer lo que a este respecto establecen las distintas normas.

Laboral
El Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece los días de descanso obligatorio para los trabajadores. Para el mes de septiembre está considerado como día de descanso obligatorio el día 16.

Los trabajadores que presten sus servicios el 16 de septiembre, tienen derecho a que se les pague un salario doble por el servicio prestado.

Cabe destacar que el día 15 de septiembre no es un día festivo, por lo que los trabajadores que lo laboren tendrán derecho únicamente al salario diario que les corresponda.

Fiscal
El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece los días que no se deben considerar en el cómputo de plazos fijados en días, entre los que menciona la fecha 16 de septiembre, así como los sábados y domingos, por lo que tal fecha es considerada como día inhábil para efectos fiscales.

Financiero
De acuerdo con las “Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2023, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones”, publicadas el 28 de noviembre de 2022, estas entidades deben suspender labores el día 16 de septiembre de 2023.

Procesales
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a través del Acuerdo SS/4/2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de enero de 2023 señala como inhábil los días 14 a 15 de septiembre de 2023.

Para el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su acuerdo 18/2013 publicado en el DOF el 27 de noviembre de 2013, indica el que el día 16 septiembre se considera inhábil.

En lo que respecta a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), el Acuerdo 001/2023 de días inhábiles y vacaciones de la PRODECON publicado el 13 de enero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, no señala como inhábil el día 16 de septiembre; sin embargo, este resulta inhábil por el hecho de ser sábado.

Es recomendable tomar las consideraciones correspondientes y hacer las previsiones necesarias para dar el adecuado tratamiento a los días festivos de septiembre de 2023.

Para conocer más sobre los días inhábiles del año 2023, consulta el Calendario de Días Inhábiles 2023 en el módulo Indicadores de Fiscalia.

 

Fuente: Fiscalia.com

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